viernes, 10 de mayo de 2013

DERECHO PUBLICO - Poder Ejecutivo

ELECCION DE PRESIDENTE Y VICEPRESIDENTE En la REPUBLICA ARGENTINA, por la Constitución de 1949, la elección de Presidente y Vicepresidente es directa. La Capital Federal, las Provincias y los Territorios Nacionales forman un distrito único. La elección se hace tres meses antes de terminar el período del Presidente en ejercicio. El escrutinio se rea_ liza por los organismos establecidos por la ley (artículo 82). El Presidente y el Vicepresidente duran en sus cargos seis años y pueden ser reelegidos (artículo 78). En BRASIL, la Constitución de 1937 permite al Presidente saliente proponer un candidato para sucederle. En caso de acefalía, corresponde al Consejo Federal elegir de entre sus miembros un Presidente provisional, con encargo de convocar el Colegio Electoral. Este se compone de personas elegidas por las Cámaras Municipales en número no mayor de veinticinco por Cámara, más cincuenta electores designados por el Consejo de Economía Nacional entre empleadores y empleados por partes iguales, además de veinticinco electores designados por el Congreso de los Diputados y otros veinticinco que el Consejo Federal elige entre ciudadanos de notoria reputación. Cuando el Presidente saliente no indica candidato, se elige al designado por el Colegio Electoral; si señala candidato, la elección es directa y se lleva a cabo por sufragio universal. En HAITI y VENEZUELA, el Presidente es elegido directamente por el Poder Legislativo, como en FRANCIA, CHECOSLOVAQUIA, AUSTRIA y POLONIA, en el período anterior a la guerra de 1939. Los partidarios de la elección popular, directa o indirecta, afirman que en esta forma se inviste al Jefe de Estado de gran prestigio frente al Poder Legislativo de igual procedencia; mientras que la designación por el Congreso o Parlamento la consideran como un medio de consagrar la supremacía de un Poder sobre otro. Los que simpatizan con el escrutinio del Poder Legislativo y su derecho de decidir en caso de empate, creen que ello contribuye al mantenimiento de la buena armonía entre ambas ramas del gobierno.

No hay comentarios:

Publicar un comentario