lunes, 20 de mayo de 2013

DERECHO PUBLICO - Relaciones Exteriores

La política exterior es la manera de conducir las relaciones internacionales según la orientación que le imprime cada Estado. Su misión es elevada e idealmente debería tener como norma la conciliación de los intereses opuestos de los Estados y la cooperación en el logro de las aspiraciones comunes. En la práctica, la política exterior unas veces es cordial y solidaria, otras veces es agresiva o egoísta. Puede ser aislada o conjunta, si se realiza por separado o por la acción concertada de las naciones. El órgano que tiene a su cargo las relaciones internacionales depende de la legislación interior de cada país. En las monarquías absolutas, el único órgano es el monarca. En las monarquías constitucionales y en las repúblicas suele darse ingerencia al Parlamento o al Congreso, para los actos internacionales de mayor trascendencia. En Suiza, se consulta al pueblo por medio de un "referendum". En todas partes la dirección de las relaciones internacionales corresponde primordialmente el Jefe del Estado, auxiliado por un Secretario o Ministro del ramo, quien a su vez actúa con la asistencia del cuerpo diplomático nacional acreditado ante los gobiernos extranjeros. A veces los negocios internacionales se tramitan directamente entre Jefes de Estado o entre sus Ministros de Relaciones Exteriores. Por lo común cada Ministerio negocia con la embajada o legación extranjera acreditada en el país. También se tratan asuntos internacionales en Conferencias que al efecto se convocan. La política internacional no debe apartarse de los principios fundamentales del Derecho Internacional, ni de los dictados de la Moral tal como la entienden los pueblos civilizados. Es verdad que las circunstancias varían al infinito Y que no en todos los casos es fácil dar con el principio o la norma indiscutiblemente aplicable; pero la conciencia propia y la opinión pública distinguen, por una especie de intuición natural, cuándo un acto es honesto y cuándo no lo es. La buena fe es una condición esencial en la convivencia, tanto entre personas como entre naciones. La gran afinidad que hay entre la política internacional y el Derecho Internacional hace que el vulgo fácilmente confunda ambas disciplinas y atribuya más valor a los hechos que a los principios que deben regirlos.

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