jueves, 16 de mayo de 2013

DERECHO PUBLICO - Relaciones Exteriores

ORGANOS DE LAS RELACIONES INTERNACIONALES Para atender las relaciones exteriores, existe en todos los Estados un departamento especial que tiene distintas denominaciones: Ministerio de Relaciones Exteriores en Argentina, Bolivia y Chile; Secretaria de Relaciones Exteriores en Panamá; Ministerio de Negocios Extranjeros en Francia; Departamento de Estado en Norteamérica; Departamento de Relaciones Exteriores en España; Foreign Office en Gran Bretaña; hasta no hace mucho, Comisaría de Relaciones Exteriores en Rusia, pues ya pasó a ser Ministerio. Las funciones generales de un Ministerio de esta clase, llamado también Cancillería, suelen ser: cultivar las buenas relaciones con las naciones extranjeras; recibir a sus agentes diplomáticos y conceder el "exequátur" a sus funcionarios consulares; intervenir en el nombramiento de los agentes diplomáticos y consulares nacionales; mantener la correspondencia con los diplomáticos; negociar los tratados internacionales y velar por su cumplimiento; proteger a los ciudadanos residentes en países extranjeros, etc. La organización de los ministerios de Relaciones Exteriores varía de un Estado a otro, pero todos tienen rasgos comunes. Generalmente cuentan con un Ministro o Secretario de Estado, uno o varios subsecretarios, director general u oficial mayor, directores de División o Sección, consejeros, traductores, habilitados, archiveros, etc.

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