viernes, 31 de mayo de 2013

DERECHO PUBLICO - Servicio Diplomático

PRIVILEGIOS DE LOS FUNCIONARIOS DIPLOMATICOS Los funcionarios diplomáticos gozan de privilegios en el país en que son acreditados. Antiguamente estuvieron colocados bajo la protección de los dioses; más tarde se identificaron con la persona del monarca a quien representaban; hoy solamente tienen las prerrogativas indispensables para el cumplimiento de su misión. Para ello gozan de inviolabilidad, independencia y prerrogativas de cortesía. La "inviolabilidad" es la seguridad material y moral de la persona del diplomático, de su residencia, del local de la Embajada o Legación y de las cosas afectadas a su persona. Ella cubre, no sólo al jefe de la misión, sino también a todo el personal oficial y no oficial que conviva con él, y aun a la gente de servicio. La "independencia" consiste en que el funcionario diplomático no está sujeto a las autoridades del Estado en que presta sus servicios, de modo que se halla exento de la jurisdicción civil, comercial, penal, correccional y policial del Estado.

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